jueves, 12 de diciembre de 2013

¿Y si esta vez probáramos con zanahorias?


Hace unos días hemos vivido un típico episodio de descoordinación gubernamental a cuenta de la demasiado cambiante normativa relacionada con el tráfico. Ya sabrán, y si no se lo contamos nosotros, que está en curso una nueva reforma de la muy pleonástica "Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial", ¿dejará alguien de entender de qué va si se quita del larguísimo título lo de "circulación de vehículos a motor"?

Solo en los últimos años la mencionada Ley que data de 1990 ya ha sido reformada en 2005 (ahí nos pusieron el carnet por puntos) y 2009 (ahí dejó de sancionarse la utilización de detectores de radar que vuelve a prohibirse ahora: los "legisladores Penélope"). Ya se ve que se trata de una norma olímpica, no resiste más de un cuatrienio sin retoques. Cierto es que el mundo cambia, pero da la impresión de que nuestros legisladores (incluidos los europeos) no se aplican con mucha visión de futuro. Incluso en el propio documento de presentación de las reformas propuestas  se reconoce que en algunos asuntos los cambios normativos son continuos (sic). No nos inventamos nada, véanlo vds. mismos:


El documento anterior tiene alguna otra perla como el "atropello cinegético" (pág. 2). Así que ese redactor que no parece estar en buenos términos con la palabra frecuente ha creado una nueva categoría de caza en pie de igualdad con el noble arte de la cetrería o de otras prácticas venatorias más habituales. Primero nos hartamos de meter palabras superfluas en los títulos para luego caer en desdichados inventos por ahorrarse tan solo una, porque resulta evidente que, como bien dice la Ley todavía en vigor en su disposición adicional novena, se está refiriendo al atropello de "especies cinegéticas", o sea, de aquellas que tienen interés para los cazadores. Dicho de otro modo, un desalmado puede dedicarse al atropello cinegético de perros o gatos, pero lo cobrado con tan brutal forma de caza no son las especies cinegéticas a que hace referencia la disposición que, por tanto, no será aplicable. ¿Se entenderá esto en los despachazos?

Malo es que las normas sean tan cambiantes como la que nos ocupa, pero quizá sea mucho pedir que nuestros políticos reflexionen un poco sobre la loca vorágine legislativa a que tienen sometidos a los ciudadanos. ¡Examinarse para tocar en las calles de Madrid! Nos estamos imaginando las caras de los mochileros de paso por la capital que vean requisada su recaudación para bocata y fonda. ¿En qué mundo vive esta tropa?

Una interesante pregunta para los aburridos diputados que sestean en sus escaños hasta el momento de las votaciones es si creen que hoy en día resulta éticamente exigible en los mismos términos que cuando se publicó en 1889 la disposición que ahora está en el artículo 6 del Código Civil y entonces ocupaba el 2º: la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento. Máxime cuando esas normas son cada vez más dispares en cuanto se cruzan algunas rayas del mapa de España.

Pues aun con la citada dificultad para que los conductores se mantengan al día, la Directora General del ramo cuyo apellido catalán no le habilita numerosas competencias en esa comunidad, ¡país complicado!, lanzó la idea de reexaminar a sus administrados aprovechando las periódicas renovaciones del carnet. Una ocurrencia que fue rápidamente desechada desde el Ministerio de Interior. ¿Globo sonda, o descoordinación? Puede que ambas cosas.

Lo llamativo es que se quiera evaluar los conocimientos normativos cuando se hace tan poco énfasis en facilitar que los interesados se mantengan al día. Si usted se planta en la web de tráfico verá como el primer concepto que le entra por los ojos es "trámites y multas". Posiblemente la gestión más sencilla actualmente disponible en la Administración española sea pagar una sanción de tráfico. Pero si lo que quiere es informarse sobre los cambios de las normas que debe cumplir en materia de circulación vial verá como las cosas ya no se encuentran tan a la vista. Lo que en honor a la verdad hay que reconocer es la facilidad para encontrar tests de examen, ¡como nos gusta examinar!, cuestión distinta es que la configuración de su ordenador le permita acceder a uno de ellos. Si lo consigue comprobará como un conductor experimentado tiene muchas posibilidades de catear. Así esta montado esto, bastantes preguntas "chorras"mientras que no se asegura en absoluto que el examinado tiene perfectamente claros los conocimientos básicos inexcusables. A título de ejemplo nosotros cambiaríamos toda pregunta sobre la prolija normativa relativa a las luces, ¿se acuerdan de lo de vía insuficientemente iluminada (1)? , por un genérico "ante cualquier merma de visibilidad se utilizará luz de cruce". En esto más vale que sobre que no que falte. Aun así parece que la obligatoriedad de utilizar permanentemente algún tipo de señalización luminosa ya vigente en cada vez mayor número de países va a quedar para el próximo ciclo olímpico (eso si antes no caen en que es una fantástica fuente recaudatoria).

A lo que íbamos sobre la autoformación (en el doble sentido posible), a continuación se muestra un ejemplo de lo poco amigables que son las pantallas que se encuentran cuando se navega por la web de Tráfico en busca de la normativa en vigor. Meras colecciones de pdfs del BOE, ni se toman la molestia de publicar los textos refundidos. Que refunda el administrado. Eso sí, el botón de acceso a "trámites y multas" siempre bien presente por si al navegante le da un apretón pagador.

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Uno de los problemas, como en tantas normativas, es que se siguen metiendo cosas y no se sacan las antiguallas. Hace pocos días, al hilo del "globosonda Seguí" (apellido de la Dra. Gral.) un noticiario sacó a la calle a un periodista aparejado con unas señales para comprobar el grado de conocimiento de las mismas. Y muy al estilo del ir a pillar de los exámenes que citábamos se armaron con la en España muy inusual indicación de carretera preferente que, curiosamente, gusta mucho a los franceses, así como con una prohibición de aparcar los días pares (técnicamente es la señal R-308b). ¿Se acuerda vd. de cuando ha visto alguna por última vez?


Ahora prueben a utilizar el buscador interno de la web de Tráfico para encontrar los significados de las señales. Verán que juerga. Hemos encontrado antes el catálogo que está colgado en la web del Mº de Fomento pero tenemos serias dudas de que esté al día porque tiene fecha de junio de 1992.

Lo que nosotros quisiéramos hacer llegar a nuestros gobernantes desde este modestísimo rincón de la red es la importancia de que se facilite el acceso a las actualizaciones normativas, ¿se imaginan que pasaría si mañana quitáramos todos los redundantes ceda el paso que están profusamente instalados en las rotondas de España? Pues en vez de ponerse  a quitar carnets bien se podría empezar por premiar a quien muestre interés por mantenerse al día. Además de facilitar el acceso a la información necesaria también sería bonito que se dispusiera una prueba on-line en la que pudiera acreditarse que se han asimilado las novedades optando con ello a recibir algún punto en el carnet. Qué, después de tanta sanción, ¿probamos con alguna zanahoria?





(1) Se lo refrescamos: aquella en la que, con vista normal, en algún punto de su calzada no pueda leerse la placa de matrícula a 10 metros o no se distinga un vehículo pintado de oscuro a 50 metros de distancia (Art. 100 Rgto., si están de humor comparen la página enlazada con el texto obsoleto que ofrece la web de la DGT). 

Por cierto, ¿alguien sabe el por qué de la confusa doble definición? Porque resulta que usted ve perfectamente la tal matrícula, en esto llega un pícaro agente de la autoridad, le coloca un coche oscuro, que lo de la matrícula es fácil pero igual usted no tenía uno de esos a mano para la prueba, resulta que no se distingue, y ¡zaca! multa por no llevar las luces adecuadas.

¡Vaya modernidad normativa!,¡Vaya seguridad jurídica!

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